El pliego de condiciones es el documento que fija las reglas de un proceso de selección de contratistas del Estado: qué se va a contratar, quién puede participar, cómo se evalúan las ofertas, en qué fechas ocurre cada etapa y en qué condiciones se ejecutará el contrato. Obliga a la entidad y a los proponentes, y debe contener reglas objetivas, justas, claras y completas.
Leerlo bien es la diferencia entre una oferta que compite y una que queda descalificada por un detalle. En esta guía le explicamos qué contiene y en qué orden conviene leerlo.
Fundamento legal
El artículo 24 de la Ley 80 de 1993 exige que los pliegos contengan reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de ofrecimientos de la misma índole y aseguren una escogencia objetiva. El artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 desarrolla el deber de selección objetiva y distingue los requisitos habilitantes de los factores de evaluación. El Decreto 1082 de 2015 detalla el contenido mínimo del pliego y las reglas de su publicación.
El pliego se usa en la licitación pública, la selección abreviada y el concurso de méritos. En la mínima cuantía el documento equivalente es la invitación, y en la contratación directa no hay pliego.
Proyecto de pliego y pliego definitivo
| Documento | Cuándo se publica | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Proyecto de pliego | Antes del acto de apertura, junto con los estudios previos | Recibir observaciones de los interesados |
| Pliego definitivo | Con el acto administrativo de apertura | Regir el proceso |
| Adendas | Después del pliego definitivo, dentro de los plazos legales | Modificar el pliego |
El Decreto 1082 de 2015 establece plazos mínimos de publicación del proyecto de pliego antes de la apertura: en la licitación pública, por lo menos diez días hábiles, y en la selección abreviada y el concurso de méritos, por lo menos cinco días hábiles. La publicación del proyecto no obliga a la entidad a abrir el proceso.
Los cambios posteriores al pliego definitivo se hacen mediante adendas, que también debe seguir con atención.
Qué contiene el pliego de condiciones
Según el Decreto 1082 de 2015, el pliego debe incluir, como mínimo, información sobre:
- La descripción técnica, detallada y completa del bien o servicio, con su clasificación en el Clasificador de Bienes y Servicios.
- La modalidad del proceso de selección y su justificación.
- Los criterios de selección, incluidos los factores de desempate y los incentivos que correspondan.
- Las condiciones de costo y calidad que la entidad tendrá en cuenta.
- Las reglas aplicables a la presentación de las ofertas, su evaluación y la adjudicación.
- Las causales que dan lugar a declarar desierto el proceso.
- Los riesgos asociados al contrato, la forma de mitigarlos y su asignación.
- Las garantías exigidas y sus condiciones.
- La mención de si el proceso está cubierto por un acuerdo comercial.
- Los términos, condiciones y minuta del contrato.
- Los términos de la supervisión o interventoría.
- El plazo dentro del cual la entidad puede expedir adendas.
- El cronograma.
Requisitos habilitantes vs. requisitos ponderables
Esta es la distinción más importante del pliego.
Requisitos habilitantes: miden la aptitud del proponente para participar. Según la Ley 1150 de 2007 son la capacidad jurídica, la experiencia, la capacidad financiera y la capacidad de organización. No otorgan puntaje: se cumplen o no. Buena parte se verifica en el RUP. La Ley 1150 de 2007, modificada por la Ley 1882 de 2018, permite subsanar los requisitos que no otorgan puntaje dentro de los plazos legales.
Requisitos ponderables: son los factores que asignan puntos entre los proponentes habilitados, como el precio, la calidad, el apoyo a la industria nacional y los incentivos previstos en la ley. Lo que otorga puntaje no se puede subsanar ni mejorar después del cierre.
Si dos ofertas empatan en puntaje, se aplican los criterios de desempate de la Ley 2069 de 2020.
En qué orden leer un pliego
Un pliego puede tener decenas de páginas y varios anexos. Este orden le ahorra tiempo:
- Cronograma: identifique la fecha de cierre, el plazo de observaciones y el de subsanación.
- Objeto, presupuesto y plazo: decida si el proceso es para usted.
- Requisitos habilitantes: compare experiencia, indicadores financieros y códigos UNSPSC con su RUP. Si no cumple solo, evalúe un consorcio o unión temporal.
- Factores de puntaje: calcule cuántos puntos podría obtener.
- Especificaciones técnicas y anexos: verifique que puede cumplirlos y a qué costo.
- Matriz de riesgos y minuta: revise qué riesgos le trasladan, forma de pago, multas y cláusula penal.
- Garantías: tipo, valor y vigencia de la garantía de seriedad y de las del contrato.
- Formatos: identifique cada anexo que debe diligenciar.
- Estudios previos y análisis del sector: entienda de dónde salen el presupuesto y los requisitos (vea estudios previos y análisis del sector).
Cómo presentar observaciones útiles
- Sea concreto: cite el numeral del pliego, explique el problema y proponga una redacción alternativa.
- Fundamente: apóyese en la ley, en el análisis del sector o en los pliegos tipo si aplican.
- Hágalo a tiempo: las observaciones al proyecto de pliego tienen más probabilidad de ser acogidas.
- Revise la respuesta: si la entidad acepta, verifique que expida la adenda.
Errores frecuentes al leer el pliego
- Leer solo el pliego y no los anexos, formatos y estudios previos.
- Confundir la fecha de publicación del pliego con la de cierre.
- No verificar la experiencia exigida contra los contratos inscritos en el RUP.
- Pasar por alto la matriz de riesgos y descubrir después cargas no presupuestadas.
- No revisar las adendas antes de presentar la oferta.
Una segunda lectura experta
Antes de invertir tiempo y dinero en una oferta, vale la pena que un especialista revise el pliego con usted. Nuestro equipo de asesoría en licitaciones analiza requisitos, riesgos y puntaje para que decida con información completa.
Revisamos el pliego, su documentación y su oferta antes del cierre para que no lo descalifiquen por un detalle.
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¿Qué es el pliego de condiciones?
Es el documento que fija las reglas de un proceso de selección: objeto, requisitos habilitantes, criterios de evaluación, cronograma, riesgos, garantías y minuta del contrato. Es obligatorio para la entidad y para los proponentes.
¿Cuál es la diferencia entre el proyecto de pliego y el pliego definitivo?
El proyecto de pliego se publica antes de la apertura para recibir observaciones. El pliego definitivo se publica con el acto de apertura e incorpora los cambios que la entidad haya aceptado; es el que rige el proceso, junto con sus adendas.
¿Qué diferencia hay entre requisitos habilitantes y ponderables?
Los habilitantes (capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera y organizacional) se cumplen o no y no dan puntaje. Los ponderables son los factores que otorgan puntos y deciden quién gana entre los habilitados.
¿Cuándo puedo presentar observaciones al pliego?
Al proyecto de pliego, durante el plazo de publicación previo a la apertura, y al pliego definitivo, en el plazo que fije el cronograma. Se presentan por escrito, normalmente a través del SECOP II.
Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría jurídica sobre su caso particular.