Plazo de renovación
La renovación vence el quinto día hábil de abril de cada año (en 2026 fue el jueves 9 de abril). Es un plazo distinto al de la matrícula mercantil, que vence el 31 de marzo. Confundir las dos fechas es uno de los errores más costosos.
Paso a paso
- Cierre contable a 31 de diciembre con estados financieros bajo NIIF, notas y firmas.
- Revise los indicadores resultantes frente a los pliegos de su sector.
- Reúna los soportes de los contratos nuevos o modificados.
- Ingrese al portal de la Cámara de Comercio de su domicilio y diligencie el formulario RUES.
- Cargue los documentos en PDF y firme electrónicamente.
- Pague la tarifa y haga seguimiento a los requerimientos de la Cámara (tiene un mes para responderlos).
- Verifique la publicación en el RUES y espere los 10 días hábiles de firmeza.
Documentos
- Estados financieros a 31 de diciembre del año anterior, con notas.
- Tarjeta profesional y certificado de antecedentes vigente del contador o revisor fiscal.
- Soportes de los contratos que se agregan o modifican.
- Certificaciones que genera la plataforma (aportes parafiscales, tamaño empresarial, situación de control), firmadas.
Qué pasa si no renueva a tiempo
Cesan los efectos del RUP. Para volver a presentarse debe hacer una inscripción nueva, esperar la revisión de la Cámara y la firmeza: entre 20 y 25 días hábiles en los que no podrá participar en licitaciones que lo exijan.
Calendario recomendado
| Mes | Acción |
|---|---|
| Noviembre | Proyección de indicadores con el contador |
| Enero–febrero | Cierre contable y recolección de soportes de contratos |
| Marzo | Radicación de la renovación (y matrícula mercantil antes del 31) |
| Abril | Respuesta a requerimientos y control de la firmeza |
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la fecha límite para renovar el RUP en 2027?
El quinto día hábil de abril de 2027. Le recomendamos radicar en marzo para tener margen ante requerimientos de la Cámara de Comercio.
¿Actualizar el RUP reemplaza la renovación?
No. Una actualización hecha entre el 1 de enero y el quinto día hábil de abril no reemplaza la renovación anual.
¿Puedo licitar mientras corre la firmeza de la renovación?
Si renovó a tiempo, puede seguir presentándose con la información que ya estaba en firme mientras corre el nuevo término de firmeza, según la Circular Única de Colombia Compra Eficiente.
¿Hay recargo por renovar tarde?
No hay renovación tardía: si se vence el plazo, cesan los efectos del RUP y debe inscribirse de nuevo.