La Ley 2069 de 2020, conocida como Ley de Emprendimiento, es la norma que busca fortalecer a los emprendimientos y a las micro, pequeñas y medianas empresas en Colombia. En compras públicas ordenó incorporar criterios diferenciales para mipymes y empresas de mujeres, reforzó las convocatorias limitadas a mipymes y estableció en su artículo 35 los factores de desempate que hoy aplican las entidades.
Para una pequeña empresa, esta ley puede significar competir solo contra empresas de su tamaño o ganar un empate gracias a su composición. Saber aprovecharla es una ventaja real.
Qué regula la ley en compras públicas
La Ley 2069 tiene un capítulo dedicado a las compras públicas. Sus principales instrumentos son:
| Instrumento | Norma | Efecto práctico |
|---|---|---|
| Criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres | Art. 30, Ley 2069 de 2020 | Puntajes o requisitos diferenciales en los pliegos |
| Promoción del desarrollo en la contratación pública | Art. 34, que modificó el art. 12 de la Ley 1150 de 2007 | Convocatorias limitadas a mipymes y por territorio |
| Factores de desempate | Art. 35, Ley 2069 de 2020 | Orden obligatorio para romper empates |
| Reglamentación | Decreto 1860 de 2021, que modificó el Decreto 1082 de 2015 | Detalla cómo se acredita cada condición |
Convocatorias limitadas a mipymes
La ley modificó el artículo 12 de la Ley 1150 de 2007 para que las entidades puedan, y en ciertos casos deban, limitar los procesos a mipymes. En términos generales, aplica cuando:
- El valor del proceso es inferior al umbral de los acuerdos comerciales que fija periódicamente el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
- Un número mínimo de mipymes manifiesta su interés en que el proceso se limite, dentro del plazo previsto en el cronograma.
- Las mipymes interesadas acreditan su condición, en los términos del reglamento.
La limitación también puede ser territorial, es decir, restringida a mipymes con domicilio en el departamento o municipio donde se ejecutará el contrato.
La reglamentación vigente de la convocatoria limitada está en el Decreto 1082 de 2015, con las modificaciones del Decreto 1860 de 2021. El número exacto de solicitudes, los plazos y los documentos para acreditar la condición de mipyme están en ese reglamento y se repiten en cada pliego.
Cómo se acredita ser mipyme
Las mipymes se clasifican según los criterios que fija el Gobierno Nacional, que hoy se basan principalmente en los ingresos por actividades ordinarias según el sector. La acreditación se hace, en términos generales, con el certificado del RUP cuando el proponente está inscrito, o con los documentos que el reglamento indique (certificaciones del representante legal y del contador o revisor fiscal). Revise el pliego: un error en este documento puede impedir que la limitación le beneficie. Consulte nuestra guía del RUP.
Criterios diferenciales (artículo 30)
El artículo 30 ordenó al Gobierno definir criterios diferenciales para los emprendimientos y empresas de mujeres en el sistema de compra pública. El reglamento los traduce en mecanismos como puntajes adicionales o requisitos habilitantes diferenciales en ciertos procesos. Su aplicación depende de la modalidad y de lo que establezca el pliego o el documento tipo correspondiente.
Emprendimientos y empresas de mujeres
El Decreto 1860 de 2021 definió las condiciones para considerar que un emprendimiento o empresa es “de mujeres”, por ejemplo según la participación accionaria, la dirección o la composición de la nómina. Cada condición tiene una forma de acreditación específica. Si su empresa cumple, documente esa condición con anticipación: no se puede mejorar después del cierre.
Factores de desempate (artículo 35)
Cuando dos o más ofertas obtienen el mismo puntaje total, la entidad aplica los factores del artículo 35 en orden sucesivo y excluyente: si el primero no rompe el empate, pasa al segundo, y así sucesivamente. En términos generales, el orden es:
- Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a los extranjeros.
- Preferir la oferta presentada por una mujer o por empresas o asociaciones con participación mayoritaria de mujeres, incluidas mujeres cabeza de familia y víctimas de violencia, en los términos de la ley.
- Preferir la oferta de quien acredite en su nómina un porcentaje mínimo de personas en condición de discapacidad.
- Preferir la oferta de quien vincule un porcentaje mínimo de adultos mayores que no sean beneficiarios de pensión.
- Preferir la oferta de quien vincule población indígena, negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, Rrom o gitana.
- Preferir la oferta de personas en proceso de reintegración o reincorporación.
- Preferir la oferta de consorcios o uniones temporales conformados por mujeres cabeza de familia o personas en reincorporación, en las condiciones de la ley.
- Preferir la oferta presentada por una mipyme o por cooperativas o asociaciones de mipymes.
- Preferir la oferta de consorcios o uniones temporales con participación de mipymes, en las condiciones de la ley.
- Preferir a quien acredite pagos a mipymes en el porcentaje que fija la norma.
- Preferir la oferta de una sociedad BIC.
- Si persiste el empate, se acude a un sorteo u otro método aleatorio definido en el pliego.
Los porcentajes y la forma de acreditar cada factor están en la ley y en el Decreto 1860 de 2021. Para el detalle práctico, vea nuestro artículo sobre criterios de desempate.
Errores frecuentes de las mipymes
- No manifestar interés a tiempo. La limitación a mipymes depende de que las empresas lo soliciten dentro del plazo. Si no lo hace, el proceso queda abierto a todos.
- Acreditar mal la condición de mipyme. Certificados sin firma del contador o revisor fiscal, o sin información de ingresos, son un error común.
- Olvidar los documentos de desempate. Los factores de desempate se acreditan con la oferta. Si no los aportó, no puede invocarlos después.
- Desconocer la limitación territorial. Si su domicilio no coincide con el exigido, no podrá participar en el proceso limitado.
Checklist para aprovechar la Ley 2069
- Confirme su tamaño empresarial según la clasificación vigente y que figure en su RUP.
- Revise los cronogramas en SECOP II y manifieste interés en la limitación a mipymes cuando aplique.
- Prepare un paquete permanente de documentos de desempate: nómina con discapacidad, composición accionaria, condición BIC, entre otros.
- Si es empresa de mujeres, documente la condición conforme al reglamento.
- Empiece por procesos de mínima cuantía, donde las mipymes suelen tener más oportunidades.
Si quiere saber cómo aprovechar la Ley 2069 de 2020 en los procesos de su sector, nuestra asesoría en licitaciones puede revisar con usted su perfil y los procesos disponibles.
¿Tiene una duda jurídica sobre un proceso o un contrato? Nuestro equipo la revisa con base en la norma vigente.
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¿Qué es la Ley 2069 de 2020?
Es la Ley de Emprendimiento, que busca impulsar el crecimiento y la sostenibilidad de los emprendimientos y las mipymes en Colombia. En contratación estatal creó criterios diferenciales, reforzó las convocatorias limitadas a mipymes y fijó nuevos factores de desempate.
¿Qué dice el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020?
Establece los factores de desempate que las entidades deben aplicar, en orden sucesivo y excluyente, cuando dos o más ofertas obtienen el mismo puntaje. Incluyen la preferencia por bienes nacionales, mujeres, personas con discapacidad, mipymes y empresas BIC, entre otros, y terminan con un sorteo.
¿Cuándo una entidad puede limitar un proceso a mipymes?
Cuando el valor del proceso es inferior al umbral de los acuerdos comerciales y un número mínimo de mipymes manifiesta interés, según las condiciones del Decreto 1082 de 2015, modificado por el Decreto 1860 de 2021. La limitación también puede ser territorial.
¿Qué es un emprendimiento o empresa de mujeres para la Ley 2069?
Es aquel que cumple las condiciones de participación o dirección femenina que fija el reglamento, por ejemplo cuando las mujeres tienen una participación mayoritaria. Debe acreditarse con los documentos que exija el pliego.
Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría jurídica sobre su caso particular.